Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo preceptuado en el ordinal 1° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP). Igualmente, de conformidad a lo establecido en el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta el cese de la medida cautelar de presentaciones que el ciudadano Francisco Camargo ha venido cumpliendo. Notifíquese al Ministerio Público. Ofíciese a la OAP informando en cese de las presentaciones. Publíquese y regístrese. Remítase con oficio al Archivo Judicial una vez que quede definitivamente firme la presente decisión y conste en autos las boletas de Notificación Devueltas.