DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite en todas y cada una de sus partes la acusación Fiscal y ORDENA EL ENJUICIAMIENTO del adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY de profesión estudiante, natural de Barinas, residenciado en el Barrio Unión, Calle Pulido con Avenida San Carlos, Casa Nº 18-22 de esta ciudad de Barinas, la apertura del juicio oral y privado, por los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTORIA, contemplado en el artículo 5 en concordancia con el artículo 6 ordinales 1, 2, 3, 5, 6, 10 y 12 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos en relación con el encabezamiento 83, así mismo con los artículos 174 453 numeral 9 del Código Penal venezolano vigente. Se intima a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días c.....