En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos ELIBERTA DEL CARMEN GRATEROL y DANIEL YNDRIAGO CALANCHE, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 9.986.250 y V- 7.215.838 en su orden, domiciliados en esta población de Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, por ellos contraído, por ante la Prefectura del Distrito Bolívar del Estado Barinas (hoy día) Oficina de Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Barinas, en fecha 27 de julio del año 1981, según se evidencia de la copia fotostática Certificada del.....