En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil y en concordancia con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia Vinculante Nº 693, dictada en fecha 02-06-2015, Expediente Nº 12-1163, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; formulada por los ciudadanos José Yvan Pérez Mora y, Oria Colina Anyers Fabiola, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.229.371 y 16.588.223, identificados en su orden, asistido y representada por el abogado en ejercicio Michael José Ojeda Cuenca, venezolano, mayor de edad, civilmente h.....