DISPOSITIVA
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana KEILA DEL VALLE PERNIA ARAQUE, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: del hogar, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.121.242; en su carácter de madre de la niña: KELLY ESTEFANY GUERRERO PERNIA, en contra del ciudadano JOSÉ SALVADOR GUERRERO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio: Guardia Nacional, titular de la Cédula de identidad Nº V-10.864.632, en consecuencia se fija la cantidad CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000,00) mensuales, a partir del mes de Noviembre del presente año, mas dos bonificaciones especiales al año por .....