PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares, intentada por la empresa mercantil "Cross Sport de Venezuela SC, CA", contra la firma unipersonal "Punto y Seguido", en la persona de su propietario ciudadano Pedro Antonio Angarita Orellana, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se condena a la parte demandada a pagar al actor las siguientes cantidades de dinero: la suma de ocho millones cuatrocientos seis mil trescientos sesenta bolívares (Bs.8.406.360,00), hoy ocho mil cuatrocientos seis bolívares fuertes con treinta y seis céntimos (Bs.F.8.406,36), correspondiente al monto total de la factura signada con el N° 008334, de fecha 21/11/2005, más los intereses moratorios generados desde el 21/12/2005 exclusive, fecha de vencimiento del crédito otorgado en dicho instrumento privado, hasta la fecha en que quede definitivamente firme la presente decisión, inclusive, calculados conforme a lo peticionado por la demandante, a la rata del cinco.....