En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de Nacimiento N° 866 de la solicitante ciudadana Diomira Delgado Maldonado, asentada en los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura de la Parroquia Ciudad Bolivia del Municipio Pedraza Estado Barinas, cuyo libro duplicado reposa en los archivos de Registro Principal del Estado Barinas, con fecha 09 de septiembre de 1968.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación del acta de Nacimiento en cuestión, sólo en lo respecta al nombre de la solicitante como Diomira Delgado Maldonado.-
Publíquese y Regístrese.