EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento del adolescente XXXX XXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX y de la niña XXXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano JACKSON BLADIMIR ALTUVE SÁNCHEZ, se obliga aumentar la manutención a favor de su hija, por la cantidad mensual de TRESCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 350,00), y en los meses de Septiembre y Diciembre, con ocasión del inicio del año escolar y las festividades navideñas, por la cantidad de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00); así como, cubrir el 50% de los gastos de medicina, médicos, vestido, calzado, recreación y otros. Ahora bien, respecto al Cumplimiento de la Manutención, ambas partes de mutuo acuerdo y realizadas las deducciones pertinentes, manifestaron que la deuda real es la cantidad de CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 4.000,00) y que el obligado se compromete a cancelar a partir de la pres.....