Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Argris Maria Avancini Garcia, en su condición de defensora privada, en contra del auto dictado en fecha 30 de Octubre de 2012 por el Tribunal de Control Nº 03, en la cual dicta auto de apertura a juicio en razón de la audiencia preliminar en contra del ciudadano ELVIS ERASMO DOMINGUEZ ROJAS por la presunta comisión del delito de ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotropicas; y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes.