En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: JHONN VICK PAREDES DURAN y YENNY MARGARTIA ROA CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, conyugues, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 15.622.410 y V- 11.247.685 respectivamente, domiciliados en la Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante la Prefectura del Distrito Bolívar del Estado Barinas, (hoy día Registro Civil Municipal del Municipio Bolívar del Estado Barinas) en fecha 07 de mayo del año 1.993, según se evidencia de la copia certifica.....