PRIMERO: CONDENA al acusado ALEXANDER JOSE GARCES MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V.-17.291.287, natural de Barinas, soltero, fecha de nacimiento 14-06-1981, residenciado en el Barrio Coromoto, calle 3 con callejón 4, a cumplir la pena de doce (12) años de presidio mas las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal en perjuicio de quien en vida respondiera por el nombre de Giovanny José Bencomo. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud que la sentencia condenatoria acarrea una pena que excede de los cinco años, se decreta la inmediata detención del acusado Alexander José Garcés Moreno desde esta sala de audiencia, quien se encontraba bajo una medida cautelar sustitutiva a la privación preventiva de libertad. TERCERO: Se libra boleta de encarcela.....