DECRETA LA CESACION de la (s) Medida (s) por el cumplimiento total de la sanción impuesta, de conformidad con lo previsto en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes. Ofíciese al Archivo de esta Sección de Responsabilidad de Adolescentes, para que una vez cumplidas todas las notificaciones y en el lapso de ley, se remítase la presente Causa al Archivo Judicial. L.S. el Juez de Ejecución (fdo) ABOG. RICARDO RAMÓN HERNÁNDEZ. La Secretaria (fdo) ABOG. DEICY MILAGROS RODRÍGUEZ. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, LO CERTIFICO en la ciudad de Barinas, a los cuatro (04 días del mes de abril del año dos mil seis (2006).-