DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: ATILIA DEL CARMEN GONZALEZ DIAZ y JOSE DANIEL SILVA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, soltero, titulares de las cédula de identidad Nros. V-4.256.780, V-19.192.300, la cualidad de ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante, MELITON JOSE SILVA RONDON, vocación hereditaria que
le viene dada conforme al Artículo anteriormente mencionado, quedando a salvo los derechos de terceros