REVOCA POR INCUMPLIMIENTO, LA MEDIDA CAUTELAR, acordada en fecha 31-07-07, al acusado LUIS MODESTO BELLO venezolano, de 50 años de edad, de estado civil casado, fecha de nacimiento 15/06/1957, grado de instrucción Tercer Año, Hijo de Víctor Hernández (F) y Flor Bello (f), de ocupación Técnico Mecánico, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.469.651, domiciliado en el Urb. Raúl Leoni, Sector 6, calle 12, N° 02; Barinas Estado Barinas, quien se encuentra incurso en el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el Artículo 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio de la victima JOSE ARANDA, con fundamento legal en los artículos 250 Ord. 1°,2°,3°, 251 ordinal 4°, 262 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ORDENA Librar Boleta de Privación de Libertad, dirigida al Director del Internado Judicial Barinas.