En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia por comisión en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, Declara legal y formalmente El Desalojo Definitivo, del bien inmueble antes señalado y descrito en el despacho de comisión con las siguientes características: ubicado en la carrera 03 entre calles 15 y 16, casa Nº 15-49 de Santa Bárbara Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, presentando los siguientes linderos: NORTE: Carrera Tres (03); SUR: Con Sucesión Carvajal; ESTE: Con Mejoras de Timoteo Alvarado; y OESTE: Con casa que fue o es de Ismael Márquez. Asimismo hace formal entrega de dicho bien libre de personas como de cualquier tipo de bien mueble ajeno al mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.594 del código civil, al apoderado judicial de la parte demandante tal como lo estableció en el Desp.....