IV
D I S P O S I T I V A.
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: YORS KELYS DURAN CASTRO y MARALY DEL CARMEN PARRA DE DURAN, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábil, casados, titulares de las cedulas de identidad Nros V-15.534.291 y V-18.424.337, con número de teléfonos con Whatsaap 0416 4040498 y 0424 591864, correo electrónico Yorskely21@gmail.com y maralyparr16@gmail.com, en su orden y de éste domicilio, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio, ciudadano: YIME CALDERON PEÑARANDA, venezolano, mayor de ed.....