Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: NO ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad conjuntamente con amparo cautelar interpuesto por la Sociedad Mercantil "CONSORCIO FONDO DE BIENES DE VENEZUELA" (FONBIENES, C.A.), por intermedio de su apoderado judicial abogado José Ángel Doza Saavedra, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.847, contra la Providencia Administrativa Nº 1166-2011, dictada en fecha 29 de diciembre de 2011, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO BARINAS.
SEGUNDO: Que la competencia para conocer y decidir la presente causa corresponde al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas (declinante), en consecuencia, se ordena la remisión del exped.....