DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la presente causa y donde aparece señalada como víctima la ciudadana MARIA JOSEFA PARALES OJEDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 561, Literal "d", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la partes de la presente decisión y remítase al Archivo Judicial. (L.S.) El Juez Segundo de Control (fdo) Abg. RICARDO HERNANDEZ. La Secretaria (fdo) Abg. LISBETTE CAROLINA SOSA NIETO. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, LO CERTIFICO, en Barinas, a los cuatro días del mes de agosto del año dos mil cinco.