D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Hugo Galicia en su condición de Defensor Publico del imputado Deibis Alexander Quintero Paredes, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de Junio de 2015 y publicada en fecha 18 de Junio de 2015, por el Tribunal de Control Nº 04 de este Circuito Judicial Penal, en el cual se decreto la medida privativa de libertad de su defendido, a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2, y 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehiculo, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Art. 112 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones; en pe.....