cual este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822 y 824 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus JESUS ALFREDO RIVAS quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-2.496.227, domiciliado en la Urbanización Bella Vista, entre calles 19 y 20 casa Nro.33-34 del Municipio Bolívar del Estado Barinas; fallecido ab-intestato en fecha 20 de septiembre del año 2014, a consecuencia de: MUERTE SUBITA, FALLA MULTIORGANICA AGUDA, MIELITUS TRANVERSA AGUDA, ENDROPATIA IZQUIERDA AGUDA, según Acta de Defunción Nro.176 a los ciudadanos: PAULA ANTONIA GARCES DE RIVAS, LUIS ALBERTO RIVAS GARCES, WUILMER ALFREDO RIV.....