Por las razones de hecho y de derecho anteriormente indicados es por lo que este Tribunal de Ejecución Nro. 02 Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA LA SOLICITUD DE RÉGIMEN ABIERTO interpuesta por la defensa del penado POLO TELLEZ JAVIER ENRIQUE; en consecuencia notifíquesele a las partes y líbrese copia certificada al Director del Internado Judicial del Estado Trujillo. Cúmplase.-