D E C I S I Ó N
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, decide en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara incompetente para conocer la presente causa.
SEGUNDO: Declina la competencia en el Juzgado Superior de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas y ordena la remisión del expediente mediante oficio. Líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil once. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
La Jueza,
La Secretaria
Abg. Tahís Camejo
Abg. Carmen Améric.....