Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella funcionarial conjuntamente con amparo cautelar, interpuesta por el ciudadano JOSÉ MANUEL SALINAS BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° V-9.312.832, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.087, actuando en su propio nombre y representación, contra la CONTRALORÍA DEL ESTADO MÉRIDA.