En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se REPONE la causa al estado de que se libre nuevamente cartel de citación de conformidad con a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, sólo a los ciudadanos Delma Abril de Cuellar, Mario Cuellar Torrealba y Mario José Cuellar Abril, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se declara la nulidad de todas las actuaciones posteriores al 02/08/2016 inclusive el auto dictado en esa fecha, cursantes a partir del folio doscientos cuarenta y nueve (249) del presente asunto.
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente decisión, no se hace condenatoria en costas.
CUARTO: No se or.....