Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS de la Providencia Administrativa Nº 01019-2017, dictada en fecha 22 de diciembre de 2017 por el Inspector del Trabajo del Estado Barinas, solicitada por la sociedad mercantil Cervecería Regional, C.A. No hay condenatoria en costas.