En consecuencia, por las razones tanto de hecho como de derecho anteriormente explanadas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y en uso de sus amplias facultades que le confiere los Artículos 520 y 677 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la Solicitud DE AUMENTO OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que formulara la ciudadana: YENIREE NAILYN RUIZ JACOME, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad personal N° V- 23.826.654, , en su condición madre de los beneficiarios en contra del ciudadano: ENOVER MOLINA ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.642.295, domiciliado en la calle 1, entre carreras 2 y 4, Sector San José, cerca del .....