Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, de conformidad con lo establecido en el Artículo 588, Ordinal Tercero del Código de Procedimiento Civil sobre: La Finca Las Tres Marías, que comprende la parcela Nº 16-A 17 y 18, del Asentamiento Campesino Caimital, sector Isla Villanueva, con una extensión de CINCUENTA Y CINCO HECTAREAS CON VEINTISIETE AREAS (55,27 Has), ubicado en la Jurisdicción del Municipio Obispos del Estado Barinas, con los siguientes linderos: NORTE: Vías de acceso y parcela Nº 19; SUR: Caño Amarillo; ESTE: Parcela Nº 47 y Eje Nº 1 y OESTE: Vía de acceso y Parcela Nº 16-B, según consta en documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Registro Publico de los Municipios Obispos y Cruz Paredes del Estado Barinas, bajo el Nº 15, folios 36 al 39, Protocolo Primero, Tomo 2º Principal y Duplicado, Cuarto trimestre de fecha 11 de Noviembre de 1.997. Particípese lo conducente al Registrador Subaltern.....