DISPOSITIVA
En consecuencia y por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, este Tribunal de Control No 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: CONDENA al acusado DANIEL ANTONIO PACHECHO PACHECO, venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 10-04-81, titular de la cedula de identidad N° 17.768.277, soltero, obrero, residenciado en El Barrio Eleuterio 2, calle Zamora, casa 147, Barinitas Estado Barinas, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO mas las accesorias de ley establecida en el artículo 13 del Código Penal por los delitos de ROBO AGRAVADO, RESISITENCIA A LA AUTORIDAD Y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA , previsto y sancionado en los artículos 460, 219 y 278 del Código Penal. SEGUNDO: Se mantiene la Medida de Privación Preventiva de Libertad del acusado Daniel Antonio Pacheco Pacheco en el Internado Judic.....