el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, imparte Homologación a la Transacción celebrada en fecha 29-11-2000, por ante este Juzgado; en razón que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se ordena el cese del procedimiento y el archivo del expediente.