se remite esta Juzgadora al pronunciamiento respectivo, observándose en el caso específico de autos, que el ciudadano OMAR GILLY CAÑIZALES, fundamenta la solicitud de medida cautelar innominada alegando que motivado al inicio del nuevo semestre académico, en fecha 20 de abril de 2009, es necesaria su inscripción en el mismo, por cuanto se haría nugatoria la presente acción al no poder cursar el semestre; de lo expuesto, considera quien aquí juzga, que surge la presunción de violación del derecho constitucional a la educación, en virtud de que ya se dio inicio al nuevo semestre académico; en consecuencia, ACUERDA la medida cautelar solicitada, y ordena a la Dirección de la Escuela de Derecho de la Universidad "Santa María", núcleo Barinas, que se le permita al accionante ciudadano OMAR ERNESTO GILLY CAÑIZALES, la inscripción provisional y asistencia a clases para cursar el décimo semestre en la carrera de Derecho, hasta que se decida la presente acción.