DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 2 de la sección de Adolescentes del Circuito Judicial penal del estado Barinas, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: CALIFICA COMO FLAGRANTE LA APREHENSIÓN conforme a lo previsto en el encabezamiento del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 557 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, al adolescente: SE OMITE CONFORME A LA LEY.
; existiendo elementos de convicción que lo señalan como autor en la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos en los artículos 1°, numerales 2° , 3° y 5° de la LEY SOBRE EL HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en perjuicio del ciudadano; Yander Omar Ruiz Bravo.. DECRETA.....