En consecuencia por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia Y Medidas N° 01 con Competencia en Materia de Delitos Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación presentada por la representación fiscal, en contra del acusado CRISTIAN ROLANDO HERRERA GIL venezolano, titular de la Cedula de Identidad V-22.112.132, dice tener 33, años dice ser natural de Barinas Estado Barinas, dice ser hijo de Janis María Gil (V) y de Víctor Modesto Herrera (V), de ocupación u oficio Agricultor, estado civil: Soltero, residenciado: Urb. Ciudad Tavacare, Sector B, Bloque 45, Apartamento 34, Barinas Estado Barinas. Tlf. Nº 0426-3709743(de su esposa); por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sanciona.....