En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, por estimar que el referido convenimiento va en beneficio del interés superior de los niños JORGE FERNANDO Y ALEXIS MANUEL SEGUERI, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte Formal HOMOLOGACION, ordena el cese del procedimiento y en consecuencia el Archivo del Expediente. Regístrese, publíquese y expídase las copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Libertad, a los cinco (05) días de Junio del Dos Mil Nueve (2.009).- Año 198° y 149°.
LA JUEZ
Abg. NORIS ASTINA ROMERO FRIAS
LA SECRETARIA-TEMPORAL
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