EXTINGUE LA ACCION PENAL Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano JOSÉ WILMER ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 14.002.071, residenciado en la Población de Santa Bárbara ; por el delito de Hurto Calificado y Hurto Agravado , previstos y sancionados en los artículos 455 ordinal 3° y 454 ordinal 8° del Código Penal,