D I S P O S I T I V A
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO, de los ciudadanos ANGEL EDUARDO PEÑA PACHECO y MARTHA ZULAY RAMIREZ ROJAS, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído, por ante la Prefectura del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, en fecha 14 de Julio de 1992, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 59.
Regístrese, Publíquese y expídanse las copias de Ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los cinco (05) días del mes de Agosto de Dos Mil Nueve (2009). Años:.....