Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio ciudadano: José Ramón España.
Se ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas ADMITIR la prueba de experticias contable y documental del género grafotécnico..
Se INADMITE el traslado de pruebas y oficiar al Juzgado Contencioso Administrativo de la Región de Los Andes...
se REVOCA PARCIALMENTE el auto apelado de fecha 24 de marzo del 2011