En mérito de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la rectificación del acta de nacimiento N°491 de la solicitante ciudadana Yoly Yanitza Valero Carrero, asentada en los libros de Registro Civil de Nacimiento del Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas y asentada en el libro duplicado que reposa en los archivos de Registro Principal del Estado Barinas, con fecha 06 de Julio de 1966.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena la rectificación del acta de Nacimiento en cuestión, sólo en lo respecta al nombre de la solicitante como Yoly Yanitza Valero Carrero.-
Publíquese y Regístrese.