Con respecto a la prueba de informe promovida por la querellada, en el punto "B" de su escrito de pruebas, consistente en que le sea requerida a la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Los Andes "el horario de clase asignado al profesor Germán Mora como profesor jubilado activo durante el periodo Octubre 2007- octubre 2008"; así las cosas, cabe señalarse que la información que pretende la querellada, le sea solicitada a la Facultad de Ingeniería de la mencionada Universidad, es una información que ella misma bien puede traer al proceso, a través de la prueba documental, de allí que al existir la posibilidad cierta que la parte promovente pueda obtener el horario de clase del hoy querellante, mal podría solicitar la prueba de informes, pues ¿como se dijo antes- existe un medio adecuado para obtener dicha información; en consecuencia, se niega la admisión de la prueba de informes promovida en el referido punto. Así se decide.