PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Solicitud de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana GILLMARY ANDREINA OLIVA MEZA, venezolana, mayor de edad, de ocupación Oficios del hogar titular de la cédula de identidad Nº V.- 17.988.292 domiciliada en la Avenida Bolivar, Casa S/No. Barrio 19 de Abril de la población de Santa Rosa, Municipio Rojas, Estado Barinas; en contra del ciudadano VICTOR MANUEL VALERO AGUILAR, con cédula de identidad Nº 13.484.806, mayor de edad, domiciliado en Barrio 19 de Abril, Calle 19 de Abril, cerca del Liceo de la población de Santa Rosa, Municipio Rojas, Estado Barinas; en beneficio del niño VICTOR MANUEL VALERO OLIVA, nacido en fecha 11-07-2002, en consecuencia se FIJA DICHA OBLIGACION ALIMENTARIA en la cantidad de la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.-F 200,00) mensuales, a partir del presente mes de Febrero del año 2.008: más dos cuotas especiales adicionales al año, una en el mes de agosto por la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (B.....