Acto seguido solicito el derecho de palabra el ciudadano: RANSES TIRADO NIÑO, titular de la cédula de identidad N° V-13.037.227, domiciliado en el sector San Isidro, Carrera 1, con calle 0 y 00, de esta población Santa Bárbara de Barinas, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas, debidamente asistido, y concedido como le fue expuso: " Solicito a este honorable Tribunal se suspenda la medida de Embargo Preventivo, por cuanto ofrezco convenio de pago por el monto de NUEVE MIL BOLIVARES (Bs.9.000), relacionados con un pagaré por esa cantidad, en el expediente N° C-59-2.012, del tribunal de la causa, de la demanda por cobro de bolívares vía Intimación estipulado en el Despacho de Comisión, para cancelar en efectivo el día martes trece de marzo del presente año. Igualmente solicito se me entreguen los documentos relacionados con vehículo, el cual dio origen a la firma del pagaré objeto de esta causa. Es Todo" seguidamente solicitó el derecho de palabra la ciudadana AMPARO LOBO GONZ.....