DISPOSITIVA
Por todos los argumentos antes expuestos, este Juzgado tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: se declara competente para resolver la oposición planteada
SEGUNDO: se declara SIN LUGAR la oposición planteada por el ciudadano AHIR ELIEZER IBARRA HERNÁNDEZ, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-13.171.153, debidamente asistido en este acto por la abogado en ejercicio MAYDULIN HAYEL DARWICHE MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 19.802887, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 207.787,
TERCERO: se ratifican las medidas dictadas por esta Instancia Agraria en fecha 14 de febrero de 2025, medida esta que consiste en PROHIBICION DE ENAJENAR Y MOVILIZAR SEMOVIENTES QUE PASTAN EN LOS PREDIOS LOS GIRASOLES Y LOS COMPADRES, identificados en autos DECRETADAS EN FECHA 14/02/20.....