Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este JUZGADO DEL MUNICIPIO SOSA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA SIN LUGAR la presente solicitud.
No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo. Publíquese, Regístrese y expídanse las copias certificadas de Ley. No se Notifican las partes de la presente decisión, por cuanto la misma se encuentra dentro del Lapso.
Dada, Firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los Seis (6) días del mes de Abril de 2009.-
Juez Temporal,
Abg. José Lindolfo Camacho.
La Secretaria,
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