PRIMERO: Se declara FIRME sólo la cantidad de cincuenta y seis mil quinientos bolívares fuertes (Bs.F.56.500,00) por concepto de costas procesales estimadas e intimadas por la ciudadana Novis Coromoto Herrera Sosa contra los ciudadanos Ramón Alberto Arias Araque y Javier Durán Contreras, todos ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se condena los ciudadanos Ramón Alberto Arias Araque y Javier Durán Contreras, a pagar a la ciudadana Novis Coromoto Herrera Sosa, la cantidad expresada en el particular que antecede.
TERCERO: Notifíquese a las partes y/o a sus apoderados judiciales de esta decisión, por dictarse fuera del lapso previsto en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: No se hace condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente sentencia.