DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Juicio Unipersonal Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO: Admite el escrito de acusación fiscal; así como los medios probatorios. SEGUNDO: Se Admite la aplicación de la Alternativa a la Prosecución del Proceso prevista en el Art. 42 del COPP como es la Suspensión Condicional del Proceso TERCERO: En consecuencia los ciudadanos CARLOS EDUARDO DELGADO LOAIZA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 17.767.116, natural de Barinas Edo Barinas, nacido en fecha 23/11/1985, de 23 años de edad, de profesión u ocupación Estudiante, de estado civil soltero, residenciado en Alto Barinas Norte los mangos 5-B, Casa N° 11, Barinas Estado Barinas, hijo de Ángel Domingo Delgado Noda (v) y de Belkis de Delgado (v), ÁNGEL PUEBLA DELGADO LOAIZA, vene.....