Por lo anteriormente expuesto, quien aquí juzga en ejercicio de sus facultades discrecionales y en acatamiento del fallo antes mencionado, continua con la sustanciación de la presente causa, a los fines de dictar sentencia sobe el fondo de la litis contra el Acto Administrativo N° 282-09 de fecha 17 de noviembre de 2009, dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras, razón por la cual ordena notificar a las partes mediante boletas y mediante oficios con acuse de recibo dejados en la sede administrativa, a la Procuraduría General de la República, y/o a la Coordinadora Integral Legal de Contencioso Administrativo de ese mismo ente y a la Fiscalía General de la República, comisionando para ello al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese boletas, oficios y comisión.