DISPOSICIÓN
Primero: Sin Lugar, la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana: LILIANA DEL CARMEN CONTRERAS PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.874.045, debidamente representada por el Abogado ELIBANIO UZCATEGUI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 90.610, Abogada LEONELA CAROLINA DELMORAL ARO, inscrita bajo el inpreabogado, 281.373. contentivo de recurso administrativo de nulidad contra la Providencia administrativa Nº.00025-2016, de fecha 26 de Enero de 2016, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Barinas, mediante la cual declaró con Lugar la solicitud de despido, incoada por la entidad del trabajo UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LOS LLANOS OCCIDENTALES EZEQUIEL ZAMORA.
Segundo: Notifíquese al Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 98 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica Procuraduría General de la República, anexándoles copia certificada de la presente decisión.....