En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este Juzgado Segundo del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA.
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION, intentada por la abogada en ejercicio LUCIA QUINTERO RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.599, de este domicilio, actuando como Endosataria en Procuración de una (01) letra de cambio, a favor del ciudadano JOSÉ LUIS GIL SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.170.447, en contra de la Ciudadana JOSEFINA GIL CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.956.642, de este domicilio, representada en este juicio por su apoderado judicial el Abogado en ejercicio ADOLFO CEPEDA S., inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 29.251.
SEGUND.....