Así las cosas; se desprende del contenido de los artículos antes transcritos la obligación del Juez de constatar que tal acto revista todos los requisitos necesarios para tenerse como válido, y además que no implique una renuncia a la acción que ostenta el trabajador, pues esto implicaría que éste último no pudiese eventualmente reclamar sus derechos laborales a posteriori, lo que indudablemente sí atenta al principio de irrenunciabilidad de derechos laborales que benefician y protegen a todo trabajador; Así tenemos que en el en el acuerdo presentado se efectúa una narrativa de manera genérica; sin hacer una relación detallada, es una forma indeterminada aludiendo al presente y futuro la tercero interesada renuncia tácitamente a todos y a cada uno de los conceptos que le correspondan o puedan corresponder; en consecuencia dicho acuerdo adolece de toda fundamentación; ya que solo se limitaron a hacer conjeturas particulares, según su criterio los Apoderados del recurr.....