Así las cosas; se desprende del contenido de los artículos antes transcritos la obligación del Juez  de constatar que tal acto revista todos los requisitos necesarios para tenerse como válido, y además que no implique una renuncia a la acción que ostenta el trabajador, pues esto implicaría que éste último no pudiese eventualmente reclamar sus derechos laborales a posteriori, lo que indudablemente sí atenta al principio de irrenunciabilidad de derechos laborales que benefician y protegen a todo trabajador; Así tenemos que en el   en el acuerdo presentado se efectúa  una narrativa de manera genérica;  sin hacer una relación detallada, es  una forma  indeterminada aludiendo al presente y futuro la tercero interesada renuncia tácitamente a todos y a cada uno de los conceptos que le correspondan o  puedan corresponder;  en consecuencia dicho acuerdo adolece de toda fundamentación; ya que solo se limitaron a hacer conjeturas particulares, según su criterio  los Apoderados del recurr.....