DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Jesús Archila Contreras, en su condición de defensor privado del imputado Rubén Darío Paredes Segovia; contra la decisión proferida en fecha 19/07/2011 por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, que declara la nulidad del procedimiento policial donde se encuentra incurso como presunto autor del hecho punible el imputado Rubén Darío Paredes Segovia; se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.
LA JUEZA PRESIDENTA,
DRA. MARBELLA SANCHEZ MARQUEZ
LA JUEZA DE APELACIONES, LA JUEZA SUPLENTE DE APELACIONES,
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