Los adolescentes fueron sancionados en fecha 09 de Agosto de 2011, con la Medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, de conformidad con los artículos 620, literal b y d, 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de UN (1) AÑO, por la comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, y CAMBIO ILICITO DE SERIAL DE CARROCERIA Y DE MOTOR previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal y articulo 8 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehiculo. Se determina que los adolescentes, fueron detenidos en fecha 29 de Noviembre de 2010, por lo que permanecieron privados de su libertad, previo a la fecha de la sanción, por un lapso de DOS (02) DIAS; que de la sanción han cumplido, hasta el día de hoy, UN (01) MES Y VEINTISIETE (27) DIAS y así mismo que les falta por cumplir DIEZ (10) MESES Y CUATRO (04) DÍAS, también se establece que la sanción CULMINARIA el 09 DE AGOSTO de 2012; ahora b.....